PLURIACTIVIDAD EN AUTONOMOS
¿Puedo compatibilizar mi trabajo como autónomo con el desempeño de una profesión por cuenta ajena? En ese caso, el día de mañana, ¿tendré derecho a dos jubilaciones? Son muchos los trabajadores que se hacen estas y otras preguntas sobre el pluriempleo.
La respuesta rápida es que si, que es posible. Además, en 2022 hemos tenido novedades respecto a la pluractividad en autónomos.
Los autónomos que, por su trabajo por cuenta ajena desarrollado simultáneamente, coticen en pluriactividad y lo hagan durante 2022 y, teniendo en cuenta tanto las aportaciones empresariales como las correspondientes al trabajador en el Régimen General, así como las efectuadas en el régimen de autónomos, por una cuantía igual o superior a 13.822,06 euros, tendrán derecho a una devolución del 50 % del exceso que supere dicha cuantía, con el tope del 50% de las cuotas ingresadas en el RETA por las contingencias comunes.
Es decir, los trabajadores que están en situación de pluriactividad, tienen una actividad por cuenta ajena y otra por cuenta propia a la vez, recibirán de oficio la devolución del 50% de su exceso de cotización si superan 13.822,06 euros anuales de cuotas satisfechas a la Seguridad Social.
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